La Fiscala lleva al Constitucional la negativa de los jueces a investigar las torturas del franquismo pese a la Ley de Memoria Democrtica
La Fiscala ha presentado un recurso de amparo contra a la inadmisin a trmite de una querella por las torturas sufridas por dos hermanos en los aos 70 durante su detencin por la Brigada Poltico-Social.
El recurso ante el Tribunal Constitucional se dirige contra el archivo acordado por un juez de Barcelona de la querella presentada por la organizacin por los derechos humanos Irdia, segn la cual los mellizos Mara Isabel y Jos Pablo Ferrndiz sufrieron torturas en la comisara de Via Laietana tras ser detenidos en 1971 por su actividad antifranquista.
El archivo se suma a otros acordados en otros juzgados por hechos similares. El pasado mes de septiembre, una juez de Madrid cerr por prescripcin la causa abierta por presuntas torturas a Julio Pacheco, que s lleg a declarar por ello en el juzgado.
El recurso de la Fiscala del TC sostiene la tesis de la Fiscala especial de Derechos Humanos y Memoria Democrtica, que encabeza Dolores Delgado, de la nueva Ley de Memoria Democrtica impone la investigacin de las denuncias de este tipo.
Esa norma “establece expresamente el derecho a la justicia de las vctimas del golpe de Estado, la guerra y la dictadura, as como la obligacin de investigar las violaciones de los derechos humanos perpetradas en aquel periodo”, explica la Fiscala.
La afirmacin contrasta con resoluciones como la ms reciente del juzgado de Madrid. “El estado de la jurisprudencia no ha cambiado tras la promulgacin de la Ley de Memoria Histrica 20/2022“, indicaba la resolucin, que citaba un auto del Constitucional de este mismo ao que cerraba la va judicial de otra querella por torturas franquistas.
La Fiscala, sin embargo, considera que el Constitucional “no se ha pronunciado an sobre el alcance y significado” de ese derecho a la investigacin del art. 29.1 de la ley, por lo que “la cuestin trasciende del caso concreto porque plantea una cuestin jurdica de relevante y general repercusin social”.
El Ministerio Fiscal, en actuaciones anteriores, ya haba sostenido el criterio de que, en aplicacin de la nueva ley, es necesario llevar a cabo “una investigacin judicial efectiva cuya finalidad ltima no tiene por qu ser la persecucin penal, sino garantizar a las vctimas sus derechos a la verdad, la justicia y la reparacin, con independencia del resultado final del proceso”.
Considera que esa actuacin es la nica que se alinea con una interpretacin de la norma “con enfoque de derechos humanos e integradora de los principios vertebradores del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y de los Tratados y Convenios sobre la materia, de acuerdo con las exigencias del artculo 10.2 de la Constitucin”.