El Supremo anula un quinto ascenso de un general de la Guardia Civil
El Tribunal Supremo ha anulado el ascenso a general de brigada del coronel de la Guardia Civil Miguel ngel Gonzlez Arias al estimar un recurso de la Asociacin Pro-Guardia Civil (APROGC) que haba cuestionado la legalidad del procedimiento de ascenso.
Esta decisin se suma a otras cuatro similares adoptadas a instancias del coronel de la Guardia Civil Diego Prez de los Cobos en relacin a los ascensos de los generales David Blanes, Francisco Javier Snchez Gil, Arturo Prieto Bozec y Antonio Rodrguez Medel, sentencias estas tres ltimas que Prez de los Cobos ha pedido al Supremo que no se ejecuten para que sus compaeros no sean degradados.
En esta nueva sentencia, la Seccin Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado retrotraer el procedimiento que afecta al general Gonzlez Arias para que el director de la Guardia Civil emita su “propio informe”, conforme el artculo 67.2 de la Ley de Rgimen del Personal de la Guardia Civil (LRPGC).
Un informe, dice el Supremo, en el que valore la evaluacin realizada por el Consejo Superior de la Guardia Civil sobre la idoneidad de quienes vayan a ascender, el orden de prelacin y el procedimiento seguido.
Asimismo, seala que la ministra de Defensa, odo el ministro del Interior, deber hacer una propuesta de ascenso al Consejo de Ministros en la que valore la prelacin e idoneidad para el desempeo del destino vacante de general de brigada en las que se concret el ascenso impugnado en cuanto a los evaluados.
El tribunal recuerda que se ha pronunciado sobre la cuestin controvertida en otros casos planteados anteriormente por un coronel no ascendido -en alusin a Prez de los Cobos- en sentencias de las que se deduce un criterio general aplicable a todo procedimiento de ascenso al empleo de general de brigada en la Guardia Civil.
Este procedimiento se resume, explica la Sala, en que el “informe propio” del director general de la Guardia Civil, exigible por la ley, no puede quedar ceido a remitir la evaluacin realizada por el Consejo Superior de la Guardia Civil, como tampoco a pasar por informe lo que no deja de ser repeticin de lo que dice ese artculo 67.
Adems, aade, a la vista de los cambios advertidos en esas sentencias y que implic una variacin en la clasificacin, debe ponderarse la bondad del procedimiento seguido y el juicio de prelacin que hizo el Consejo Superior plasmado en la evaluacin final.
Y afirma que deben constar las razones de la propuesta de la ministra de Defensa sobre la prelacin e idoneidad del coronel ascendido para la concreta vacante que determina el ascenso.
Antes de entrar en el fondo del asunto, el tribunal se pronuncia sobre la supuesta falta de legitimacin de esta asociacin para presentar recurso alegada por la Abogaca del Estado.
A este respecto, la Sala en su sentencia, ponencia del magistrado Jos Luis Requero, rechaza esta causa de inadmisibilidad y reconoce la legitimacin de las asociaciones profesionales de la Guardia Civil, que en el caso examinado es APROGC, para impugnar decretos de ascenso a General de Brigada de la Benemrita.
Fundamenta su decisin en que se trata de una asociacin profesional integrada por guardias civiles, entre cuyos fines est la defensa de sus intereses profesionales, “y que no acciona ni en defensa del inters legtimo de un coronel, ni plantea inidoneidad del ascendido, sino que acciona en pro de la legalidad del procedimiento de ascenso” y afecta “a la carrera profesional de los guardias civiles”.